domingo, 23 de diciembre de 2007

Son dos contratos y no 10%

Son dos contratos y no 10%
Francisco Javier Chaín Revuelta

A pesar de anuales informes municipales los habitantes comunes siguen sin conocer los términos del convenio que el ayuntamiento celebra con una empresa privada para suministro del alumbrado público. Los burócratas del ayuntamiento que termina (31/dic/07) privaron a las personas de conocer el convenio. Impidieron la participación ciudadana en el asunto. Los nuevos burócratas que inician (enero/07), durante su campaña se declararon tan demócratas, que nadie duda, someterán a escrutinio público, a opinión ciudadana, a plebiscito, a referéndum y pronunciamiento ciudadano, la conveniencia o no, de suscribir un contrato que enajene el presupuesto para alumbrado público durante largos 15 años a favor de una compañía llamada Procesamiento Energético Mexicano (PROERNERMEX).
Mientras llega la transparencia y el momento de conocer el convenio, se anotan referencias que aporten elementos útiles para un juicio propio. En la Gaceta Legislativa número 19, fechada en el Palacio Legislativo del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el 14 de diciembre de 2007, puede leerse el Dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda Municipal (pág. 40) “Por el que se autoriza al ayuntamiento de Córdoba, a suscribir contratos de donación y de prestación de servicios.”
El dictamen completo se encuentra en http://legisver.gob.mx/Cgacetas.php donde la comisión aclara que “le fue turnado para su estudio y dictamen, el oficio, junto con el expediente del caso, del Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz, mediante el cual solicita autorización para suscribir contratos de donación y prestación de servicios, ambos con la empresa PROENERMEX para el suministro de energía eléctrica por alumbrado público.”
Los Antecedentes del Dictamen son rendijas de luz. Resulta que Rogelio Hernández firmó oficio (28/marzo/07) donde se solicitó autorización “para suscribir contrato de donación con PROENERMEX, a fin de que ésta otorgue una acción en forma gratuita al municipio y con ello obtener un ahorro del 10% en el suministro de corriente eléctrica por alumbrado público municipal, sobre las tarifas vigentes que paga actualmente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), con un esquema de autoabastecimiento.”
El convenio resulta ser “Contrato de donación” donde PROENERMEX otorga una acción (gratuita) al municipio, con el fin “en un esquema de autoabastecimiento” que el municipio ahorre 10% sobre las tarifas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por el suministro de corriente eléctrica para alumbrado público.
Para el 23/mayo/07 la Comisión recibe expediente y oficio SGSO/2do./3º/096/2007 que agrega “certificación de extracto del acta de Cabildo de fecha 15 de marzo del año en curso, en el que los ediles, en el punto número 7, aprueban por unanimidad la oferta de la empresa PROENERMEX.” Para el 30/julio/07, Rogelio Hernández hace llegar oficio y copia certificada precisando que el ayuntamiento aprueba por unanimidad la donación a su favor de una acción con voto limitado, así como también la celebración del contrato de prestación de servicios con las misma, y obtener con ello “un descuento del 10%, del 75% del consumo o pago que se genera ante la CFE por uso de energía eléctrica.” Asimismo, se anexan proyectos de los contratos de donación de una acción, y de prestación de servicios, con el objeto de adquirir la calidad de accionista de PROENERMEX y con ambos cubrir las necesidades de “autoabastecimiento” de energía eléctrica para alumbrado público, con vigencia de 15 años. Observe Usted bien que el supuesto “ahorro” no es 10% sino 7.5% y no uno, sino dos los contratos: Uno de donación y otro de prestación de servicios… fjchain@hotmail.com

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